MÁS DE 17 MIL CONTRIBUYENTES DEBERÁN
PRESENTAR
LA DECLARACIÓN ELECTRÓNICA DE BENEFICIARIO FINAL
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria (SUNAT) informa que, entre el 15 y 23 de setiembre,
más de 17 mil contribuyentes deberán cumplir con presentar la declaración
informativa de Beneficiario Final. Con esta disposición, las personas jurídicas
informarán la identidad de sus beneficiarios finales.
La declaración es 100% virtual y se realiza a través
del Formulario Virtual N.° 3800, que cuenta con una versión simplificada
disponible en la plataforma electrónica SUNAT Operaciones en Línea (SOL) que se
encuentra en su portal institucional.
En esta oportunidad, los contribuyentes que deben
presentar esta declaración son las personas jurídicas domiciliadas en el país
que, en el ejercicio 2021, registraron ingresos netos mayores a 500 UIT (S/ 2.2
millones) hasta 1,000 UIT (S/ 4.4 millones).
El beneficiario final es la persona natural que posee
acciones o ejerce el control de una empresa, ya sea de forma directa o
indirecta, de manera individual o conjunta con otras personas naturales o
jurídicas. En caso no sea posible identificarla plenamente, será la persona
natural que ocupe el puesto administrativo más alto o de mayor jerarquía.
Es importante indicar que en junio último cumplieron
con presentar la declaración de Beneficiario Final las personas jurídicas
domiciliadas en el país que en el ejercicio 2021 registraron ingresos netos
mayores a 1,000 UIT (S/ 4.4 millones).
Orientación
Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de esta
obligación, la SUNAT ha habilitado una sección en su portal institucional para
brindar información sobre la Declaración Informativa del Beneficiario Final (https://orientacion.sunat.gob.pe/declaracioninformativa-del-beneficiario-final1).
Asimismo, brinda orientación presencial en sus
Centros de Servicios al Contribuyente, telefónica a través de su Central de
Consultas y virtual por medio de sus cuentas oficiales en redes sociales.
En caso el contribuyente obligado no cumpla con
presentar la declaración oportunamente o consigne información incorrecta, se le
aplicará una sanción proporcional a sus ingresos netos, la cual oscilará entre
5 UIT (S/ 23,000) y 50 UIT (S/ 230,000).
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